Código Civil › TÍTULO XXVI DE LA SOCIEDAD
Art. 1966
Vigente desde 2025-11-26
Se prohíbe a los socios comanditarios incluir sus nombres en la razón social, y tomar parte en la administración. La contravención a la una o a la otra de estas disposiciones les acarrea la misma responsabilidad que a los miembros de una sociedad colectiva.
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