Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO IV DE LAS OBLIGACIONES CONDICIONALES Y MODALES

Art. 1493

Vigente desde 2025-11-26

Se llama condición potestativa la que depende de la voluntad del acreedor o del deudor; casual, la que depende de la voluntad de un tercero, o de un acaso; mixta, la que en parte depende de la voluntad del acreedor, y en parte de la voluntad de un tercero, o de un acaso.

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