Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO VIII DE LOS EJECUTORES TESTAMENTARIOS

Art. 1310

Vigente desde 2025-11-26

Aunque el testador haya encomendado al albacea el pago de las deudas, los acreedores tendrán siempre expedita su acción contra los herederos si el albacea estuviere en mora de pagarles.

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