Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código CivilTÍTULO III DEL MATRIMONIO

Art. 122

Vigente desde 2025-11-26

Las causas sobre la validez o nulidad del matrimonio tendrán siempre dos instancias. En las de divorcio, los recursos se regirán por lo dispuesto en la ley, para el trámite verbal sumario.

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