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Art. 55 del Se expide el Reglamento del régimen especial laboral de la gente de mar y de aplicación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo (MLC, 2006) en el Ecuador

Vigentedesde el 8 de octubre de 2026

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Objeto del régimen sancionatorio. El presente Título establece las infracciones administrativas derivadas del incumplimiento de las obligaciones laborales aplicables a la gente de mar, armadores, empleadores y demás sujetos obligados por el presente Reglamento, así como las medidas correctivas y las sanciones administrativas que correspondan, de conformidad con la Constitución de la República del Ecuador, el Código del Trabajo, el Convenio sobre el Trabajo Marítimo (MLC, 2006), el Mandato Constituyente No. 8, el Acuerdo Ministerial Nro.

MDT-2023-140, Nro. MDT-2024-196, sus reformas, y demás normativa aplicable.

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