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DT 1 del Se expide el Reglamento para el registro y control de las cauciones

Vigentedesde el 14 de octubre de 2026

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La Secretaría General en coordinación con la Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones institucional en el término de 120 días contados a partir de la publicación del presente Reglamento en el Registro Oficial, realizarán los ajustes necesarios para el diseño, desarrollo, pruebas e implementación del Sistema Informático Institucional de Registro y Control de Cauciones, a cargo de la Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones.

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