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Art. 39 del Se expide el Reglamento para el registro y control de las cauciones

Pólizas de seguros de fidelidad

Vigentedesde el 14 de octubre de 2026

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Podrán ser individuales, colectivas y de tipo blanket, nominales o abiertas.

  1. a) Pólizas individuales y requisitos particulares: Caucionan a un solo sujeto y por un valor determinado. Deberán contener, además de los datos y requisitos que exija el presente Reglamento, nombres y apellidos completos, número de cédula o pasaporte, cargo, lugar de trabajo, remuneración mensual unificada o de recibir otro tipo de estipendio o no ser rentado, la remuneración mensual unificada de la autoridad nominadora, y el valor asegurado.

  2. b) Pólizas colectivas y requisitos particulares: Caucionan a dos o más sujetos de una misma institución y pueden ser por valores de aseguramiento diferentes a cada uno de ellos. Sus requisitos deberán contener, además de los datos de los sujetos obligados a rendir Caución según sea el caso que exija el presente Reglamento, nombres y apellidos completos, número de cédula o pasaporte, cargo, remuneración mensual unificada o de recibir otro tipo de estipendio o no ser rentados la remuneración mensual unificada de la máxima autoridad, lugares de trabajo y los valores respectivos de aseguramiento.

    La suma de los valores caucionados por los sujetos determina el valor total asegurado. En el caso de salida de los caucionados durante la vigencia de la póliza, decrementará el monto total asegurado, sin que esto represente renuncia del beneficiario o asegurado a la reclamación y pago de siniestros por infidelidad no cubiertos durante los dos (2) años posteriores a la fecha de salida de los sujetos caucionados amparados.

  3. c) Pólizas de seguro de fidelidad tipo blanket, nominales o abiertas y requisitos particulares: Caucionan a todos los sujetos de la institución que ejerzan funciones obligadas a rendir Caución o los determinados por la máxima autoridad, de manera permanente o temporal, por un valor total único para todos ellos, derivados de una conducta individual o colusoria.

    Deberán contener, además de los datos y requisitos que exija el presente Reglamento, nombres y apellidos completos, número de cédula o pasaporte, sus cargos, lugares de trabajo y el valor único de la póliza. No se detallarán las remuneraciones mensuales unificadas de los sujetos caucionados, pero se detalla el presupuesto anual institucional.

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