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Art. 25 del Se expide el Reglamento para el registro y control de las cauciones

Procedimiento y requisitos para otorgar el Certificado Electrónico de Caución

Vigentedesde el 14 de octubre de 2026

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Las Unidades de Administración del Talento Humano o quien haga sus veces, ingresarán la solicitud de Certificado Electrónico de Caución, en el aplicativo informático de Cauciones de la Contraloría General del Estado, con los siguientes requisitos:

Registro de póliza:

  1. a) Solicitud de emisión de certificado;

  2. b) Original o copia certificada de la Caución en archivo digital;

  3. c) Listado de servidores caucionados, en el caso de las personas jurídicas de derecho público o privado, que contendrá:

  1. 1. Número de cédula o pasaporte

  2. 2. Apellidos y nombres completos

  3. 3. Cargo que desempeña

  4. 4. Lugar de trabajo (provincia)

    1. d) Informe técnico al que se refiere el artículo 44 del presente Reglamento

    2. e) Base legal institucional, en el caso de cambio de razón social.

      Para inclusiones, exclusiones, encargos, subrogaciones, comisiones de servicio, cambio de denominación o integración de comités especiales, por funciones sujetas a Caución, el registro de los caucionados contendrá:

  5. 1. Número de cédula o pasaporte,

  6. 2. Apellidos y nombres completos

  7. 3. Cargo que desempeña

  8. 4. Lugar de trabajo (provincia)

  9. 5. Tipo de movimiento

  10. 6. Fecha desde y/o hasta Para el ingreso de movimientos de la máxima autoridad, el registro contendrá:

  11. 1. Número de cédula o pasaporte,

  12. 2. Apellidos y nombres completos

  13. 3. Cargo que desempeña

  14. 4. Lugar de trabajo (provincia)

  15. 5. Tipo de movimiento

  16. 6. Fecha desde y/o hasta

  17. 7. Original o copia certificada del anexo modificatorio Para cartas de cobertura provisional de Caución:

  18. 1. Solicitud firmada electrónicamente;

  19. 2. Original o copia certificada de la carta de cobertura;

    Para anexos modificatorios o aclaratorios de Caución:

  20. 1. Solicitud firmada electrónicamente;

  21. 2. Original o copia certificada del anexo modificatorio o aclaratorio;

    En todos los casos se deben observar los términos de presentación señalados en el artículo 13 de este Reglamento.

    La Administración de Gestión Documental de Declaraciones Patrimoniales y Registro y Control de Cauciones de la Secretaría General emitirá y suscribirá el Certificado Electrónico de Caución, previa validación en el aplicativo informático de Cauciones. En las Direcciones Provinciales, la verificación en el aplicativo y la emisión del certificado estará a cargo del servidor/a designado por el Director/a Provincial.

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