Art. 24 del Se expide el Reglamento para el registro y control de las cauciones
Certificado Electrónico de Caución
Vigentedesde el 14 de octubre de 2026
- Texto cargado en Vigente:
La Contraloría General del Estado implementa el Certificado Electrónico de Caución, el mismo que se utilizará cuando se rinda, renueve, modifique, amplíe, extienda, sustituya, incluya, excluya o actualice una Caución, para lo cual emitirá el respectivo Certificado.
El/la Administrador/a de Gestión Documental de Declaraciones Patrimoniales y Registro y Control de Cauciones de la Secretaría General, emitirá y suscribirá el Certificado Electrónico de Caución, previa verificación y validación en el aplicativo informático de Cauciones. En las Direcciones Provinciales, la verificación en el aplicativo y la emisión del certificado estará a cargo del servidor/a designado por el/la Director/a Provincial, autoridad que suscribirá el documento electrónico.
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