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En el Caso No. 8-24-TI Dictamínese que el “Tratado Constitutivo de la Comunidad de Policías de América” no se encuentra incurso en los presupuestos contenidos en el artículo 419 de la Constitución de la República del Ecuador, por lo que, para su ratificación no se requiere de aprobación por parte de la Asamblea Nacional

DICTÁMENES Y SENTENCIAS 8-24-TI/24 · CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR