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En el Caso No. 7-24-TI Dictamínese que el “Acuerdo sobre servicios aéreos entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República Dominicana” no se encuentra incurso en las causales contenidas en el artículo 419 de la Constitución y, por lo tanto, no requiere de aprobación legislativa

DICTÁMENES Y SENTENCIAS 7-24-TI/24 · CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR