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Se expide el Reglamento General a la Ley Orgánica de Transparencia Social

Decreto 191 · PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Publicada en
Registro Oficial Octavo Suplemento No. 153
Fecha
28 de octubre de 2025

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  • 192 · Las entidades que conforman los sectores financieros público; privado; y, popular y solidario, en el marco del Programa de Reactivación “Firmes”, podrán implementar mecanismos de diferimiento extraordinario y temporal de las obligaciones crediticias de sus clientes, que tengan domicilio civil o domicilio tributario en las provincias de Carchi e Imbabura; los cantones Cayambe y Pedro Moncayo de la provincia de Pichincha, y, las parroquias de Guayllabamba y Calderón del cantón Quito de la provincia de Pichincha, por hasta noventa (90) días