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Disposición General SEGUNDA

DG l1-t16-c3-2

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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La Superintendenta o Superintendente de Compañías podrá ejercer personalmente, en cualquier momento que así lo decidiere, las facultades que le confiere la ley, sin perjuicio de la delegación realizada a la Dirección de Prevención del Lavado de Activos y Control de Riesgos.

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