Vigente NORMATIVA AL DÍA

Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y SegurosTÍTULO XV DE LAS CONTRIBUCIONES Y DE LA COACTIVA

DG l1-t15-c1-3

(Disposición General TERCERA)

Vigente desde 2025-09-05

Para efectos de control, reportes, atención de reclamos y solicitudes, las jurisdicciones territoriales de cada una de las intendencias de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros son las siguientes: a) Las compañías domiciliadas en las provincias de Guayas, Los Ríos, Galápagos y Santa Elena, y las que se crearen dentro de dichos territorios, corresponden a la jurisdicción de la Oficina Matriz de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; b) Las compañías domiciliadas en las provincias de Carchi, Imbabura, Pichincha, Napo, Francisco de Orellana, Sucumbíos, Santo Domingo de los Tsáchilas y Esmeraldas, y las que se crearen dentro de dichos territorios, corresponden a la jurisdicción de la Intendencia Regional de Compañías de Quito; c) Las compañías domiciliadas en las provincias de Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar y Pastaza, y las que se crearen dentro de dichas jurisdicciones, corresponden a la jurisdicción de la Intendencia Regional de Compañías de Ambato; d) Las compañías domiciliadas en las provincias de Manabí y las que se crearen dentro de dicho territorio, corresponden a la jurisdicción de la Intendencia Regional de Compañías de Portoviejo; e) Las compañías domiciliadas en las provincias de Cañar, Azuay y Morona Santiago, y las que se crearen dentro de dichos territorios, corresponden a la jurisdicción de la Intendencia Regional de Compañías de Cuenca; f) Las compañías domiciliadas en la provincia de El Oro y las que se crearen dentro de dicho territorio, corresponden a la Intendencia Regional de Compañías de Machala; y, g) Las compañías domiciliadas en las provincias de Loja y Zamora Chinchipe, y las que se crearen dentro de dichos territorios, corresponden a la jurisdicción de la Intendencia Regional de Compañías de Loja.

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