Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XVII DEL PROCESO PARA ELABORACIÓN DE NORMAS INSTITUCIONALES
Art. l1-t17-cu-5
ELABORACIÓN DE LA MATRIZ DEL PLAN REGULATORIO ANUAL
Vigente desde 2025-09-05
La elaboración de la Matriz del Plan Regulatorio Anual de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, comprenderá las siguientes etapas: Primera etapa Elaboración de diagnóstico.- Las unidades de desarrollo normativo deberán realizar un análisis de la normativa vigente y determinar aquella que se requiere reformar o derogar y definir la normativa que se requiere emitir, lo cual deberá constar en un informe emitido por cada Dirección. Para el efecto, se deberá elaborar un cronograma que establezca la revisión y derogatoria de la normativa pertinente. Cada unidad de desarrollo normativo será responsable de mantener actualizado el catastro de normativa vigente, reformada y derogada publicado en el portal web institucional. Segunda etapa Determinación de necesidades de otras unidades administrativas.- Las unidades de desarrollo normativo deberán solicitar a las demás unidades de cada (sic) las Intendencias a las que pertenezcan, sus requerimientos, los que serán técnica y legalmente sustentados. Tercera etapa Elaboración del Plan Regulatorio Anual.- Cumplido lo anterior, se procederá a la priorización de las normas que estarán contempladas en el Plan Regulatorio Anual, cuya matriz contendrá las fechas de inicio y fin de elaboración y fecha de elaboración y fecha tentativa de expedición, calendario que deberá considerar un espacio para temas coyunturales. En este punto, considerando la priorización, se debe determinar la unidad especializada en la materia que se trate, la cual trabajará con el apoyo, revisión y supervisión de la unidad de desarrollo normativo. Agotado lo anterior, las unidades de desarrollo normativo elaborarán un proyecto de Matriz del Plan Regulatorio Anual, al que se adjuntarán los informes técnicos y jurídicos que sustenten la propuesta. Cuarta etapa Expedición de Plan Regulatorio Anual.- El proyecto de Matriz del Plan Regulatorio Anual será puesto en conocimiento de la Comisión de Análisis Normativo (CAN), integrada por el Intendente Nacional de Compañías, Intendente Nacional de Seguros, el Intendente Nacional de Mercado de Valores, quienes podrán nombrar un delegado para el efecto; y, un delegado de la máxima autoridad quien la presidirá. De ser el caso, la Comisión de Análisis Normativo (CAN) podrá cambiar justificadamente el contenido y aprobará la Matriz del Plan Regulatorio Anual que será puesta en consideración de la Máxima Autoridad para su aprobación y posterior ejecución. Las reformas posteriores del contenido de la Matriz del Plan Regulatorio Anual para incluir normativa no contemplada en la planificación inicial y que se considere necesaria y prioritaria su expedición en razón de temas coyunturales, se realizará por la Máxima Autoridad de la entidad o su delegado, sustentada en informes tanto técnico como jurídico de pertinencia. La normativa no considerada inicialmente será desarrollada de forma paralela a la expedición de la normativa planificada. El proyecto de Matriz deberá elaborarse hasta el último día de noviembre del año anterior al de su aplicación y será aprobado por la máxima autoridad antes de finalizar dicho periodo.
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