Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XIV PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL ÁMBITO SOCIETARIO
Art. 4
SEÑALAMIENTO DE CORREO ELECTRÓNICO PARA NOTIFICACIONES
Vigente desde 2025-09-05
La persona interesada que comparezca ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros deberá determinar obligatoriamente una dirección de correo electrónico habilitada donde recibirá las notificaciones.
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