Art. 2 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
COMPETENCIA
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El conocimiento y sustanciación de los reclamos administrativos, será ejercido a través de los Secretarios Generales en las oficinas de Guayaquil y regionales, donde haya estos funcionarios; y el Delegado del Superintendente de Compañías Valores y Seguros, donde no los haya.
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