Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 2 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

COMPETENCIA

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

El conocimiento y sustanciación de los reclamos administrativos, será ejercido a través de los Secretarios Generales en las oficinas de Guayaquil y regionales, donde haya estos funcionarios; y el Delegado del Superintendente de Compañías Valores y Seguros, donde no los haya.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.