Vigente NORMATIVA AL DÍA

Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y SegurosTÍTULO XIII DEL REGISTRO DE SOCIEDADES E INFORMACIÓN SOCIETARIA

Art. 5

INFORMACIÓN A INGRESAR PARA LAS CESIONES DE PARTICIPACIONES

Vigente desde 2025-09-05

La Superintendencia de Compañías solicitará la siguiente información, requerida por el sistema de notificación de cesiones de participaciones: Fecha de anotación en libro de participaciones y socios, datos de la escritura pública: Provincia, Cantón y Notaría donde fue otorgada la escritura pública y Fecha de la misma; datos de inscripción en el Registro Mercantil: Provincia, Cantón y fecha; número de identificación del cedente, tipo de identificación del cesionario, número de identificación del cesionario, tipo de inversión del cesionario y cantidad de participaciones a ceder. Adicional a lo mencionado en el inciso anterior, deberá adjuntar la escritura pública junto con la debida marginación notarial y anotación en el Registro Mercantil, en archivo PDF.

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