Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 2 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

DE LA OBLIGACIÓN DE NOTIFICAR LAS TRANSFERENCIAS DE ACCIONES O CESIONES DE PARTICIPACIONES

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

La Superintendencia de Compañías habilitará en su portal web una opción mediante la cual los representantes legales o apoderados, según corresponda, haciendo uso del usuario y contraseña de la compañía, deberán realizar en línea las notificaciones de las transferencias de acciones o cesiones de participaciones de su representada, dentro de los ocho días posteriores a su anotación en los libros sociales de la compañía, las mismas que una vez revisadas y validadas por los funcionarios de Registro de Sociedades, serán registradas en la base de datos de la Superintendencia de Compañías y reflejadas en la nómina actual de socios o accionistas.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.