Art. 3 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El representante legal de cualquiera de las sociedades detalladas en el artículo 1 deberá ingresar al portal web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros a través del usuario y clave de la compañía, y digitar bajo su responsabilidad, los valores contenidos en los estados financieros y, además, los siguientes datos de la compañía: nombre y número de documento de identificación o RUC, número de registro del contador, número de personal ocupado, número de Registro Nacional de Auditores Externos (RNAE) -cuando esté obligado a presentar informe de auditoría-, la fecha de la Junta General que aprobó los estados financieros y los demás datos que requiera el formulario. La compañía deberá encontrarse al día en la presentación de los estados financieros de los ejercicios económicos anteriores, a fin de poder enviar el estado financiero del último ejercicio económico. El sistema no permitirá el envío de estados financieros que se presenten en cero o que no estén cuadrados.
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