Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo
DF 4
(Disposición Final CUARTA)
Vigente desde 2025-04-29
De la ejecución del presente Reglamento encárguese el Director General, el Director del Seguro General de Riesgos del Trabajo, los Directores Provinciales y los Responsables de las Unidades Provinciales de Prestaciones de Pensiones y de Riesgos del Trabajo dentro de sus respectivas competencias. COMUNÍQUESE.- Quito, Distrito Metropolitano, a los 4 días del mes de marzo del 2016.
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