Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo
Art. 39
Cesación de prestación por Incapacidad Permanente Absoluta
Vigente desde 2025-04-29
El pago de la pensión al asegurado en el Seguro General de Riesgos del Trabajo, cesará por las siguientes causas: a) Por ingresar al Seguro General Obligatorio b) Por acogerse el asegurado a la jubilación de invalidez en el Sistema de Pensiones.
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