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Disposición Final PRIMERA

DF 1

Vigentedesde el 21 de enero de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 21 de enero de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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La ejecución de la presente Resolución estará, en el ámbito de sus competencias, a cargo de la Dirección General, Subdirección General, Dirección del Sistema de Pensiones, Dirección Nacional de Tecnologías de la Información, Dirección del Seguro General de Riesgos del Trabajo, Dirección del Seguro Social Campesino, Direcciones Provinciales, y Coordinaciones y Unidades Provinciales de Pensiones, Riesgos del Trabajo, Fondos de Terceros y Seguro de Desempleo.

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