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Art. 24 del Reglamento General a la Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos

Elaboración

Vigentedesde el 2 de febrero de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 2 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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La Unidad de Análisis Financiero y Económico elaborará el Plan Nacional de Acción Estratégico Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, con base en los insumos, propuestas y recomendaciones proporcionadas por los miembros del CONCLAFT, sus Comités Especializados, los resultados obtenidos de la evaluación nacional de riesgos (ENR),los estándares internacionales en esta materia conforme lo desarrolle el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y demás información relevante.

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