Art. 13 del Reglamento General a la Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos
Evaluación
Vigentedesde el 2 de febrero de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 2 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Cada Comité Especializado elaborará un informe acerca de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, el cual se pondrá en conocimiento del CONCLAFT, en la periodicidad que establezca el Consejo.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.