Reglamento General a la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria › Título VI De las Relaciones con el Estado
Art. 139
Políticas
Vigente desde 2025-10-03
Las políticas dictadas por el Comité Interinstitucional, para su implementación, serán puestas en conocimiento de los entes de regulación, de la Superintendencia, del instituto, de la corporación y demás instituciones del sector público, vinculadas con la Economía Popular y Solidaria y el Sector Financiero Popular y Solidario, según el caso.
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