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Art. 139 del Reglamento General a la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria

Políticas

Vigentedesde el 3 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 3 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Las políticas dictadas por el Comité Interinstitucional, para su implementación, serán puestas en conocimiento de los entes de regulación, de la Superintendencia, del instituto, de la corporación y demás instituciones del sector público, vinculadas con la Economía Popular y Solidaria y el Sector Financiero Popular y Solidario, según el caso.

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