Vigente
CuentaComprobando cuenta

Disposición Transitoria OCTAVA

DT 8

Vigentedesde el 28 de marzo de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 28 de marzo de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

En el plazo de treinta (30) días desde la expedición de este Reglamento, las instituciones competentes en educación superior, con la colaboración de la Autoridad Sanitaria Nacional y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, reformarán todos los instrumentos normativos necesarios para la aplicación de la Ley de Apoyo Humanitario y este Reglamento.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.