Reglamento General de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario
DT 8
(Disposición Transitoria OCTAVA)
Vigente desde 2025-03-28
En el plazo de treinta (30) días desde la expedición de este Reglamento, las instituciones competentes en educación superior, con la colaboración de la Autoridad Sanitaria Nacional y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, reformarán todos los instrumentos normativos necesarios para la aplicación de la Ley de Apoyo Humanitario y este Reglamento.
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