Reglamento General de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario
Art. 11
Vigente desde 2025-03-28
"Acuerdo entre las partes: Se respetarán los acuerdos alcanzados por trabajadores y empleadores establecidos en el Capítulo III de la Ley, excepto en aquello que implique una disminución del salario básico o el correspondiente salario sectorial sectoriales o sus proporcionales de acuerdo a las jornadas trabajadas, renuncia o limitación al derecho de descanso obligatorio, condiciones mínimas de salud y seguridad ocupacional, aportes que por ley se deban a la seguridad social. Toda estipulación que viole las limitaciones aquí establecidas será nula".
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