Art. unico del Se ajusta el valor de precio de venta del fabricante y precio ex aduana para la aplicación de la tarifa ad valorem del Impuesto a los Consumos Especiales ICE, en bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, aplicable para el período fiscal 2026
Vigentedesde el 30 de diciembre de 2025
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Para efectos de determinar la base imponible para el cálculo de la tarifa ad valorem del impuesto a los consumos especiales de bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, se ajusta el valor del precio de venta del fabricante y precio ex aduana, conforme lo señalado en el artículo 76 de la Ley de Régimen Tributario Interno, en CUATRO DÓLARES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD 4,72) por litro de bebida, para el período fiscal 2026.
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