Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios
DT 2
(Disposición Transitoria SEGUNDA)
Vigente desde 2024-02-09
En el plazo de 180 días a partir de la publicación de esta norma, el Servicio de Rentas Internas deberá ajustar sus sistemas informáticos para la implementación del presente reglamento.
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