Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno › Título VII-A. MECANISMOS DE CONTROL A LA TRAZABILIDAD DE PRODUCTOS
DT 39
(PRIMERA. Decreto Ejecutivo No. 1287)
Vigente desde 2025-07-15
Para efectos de la devolución del anticipo de impuesto a la renta pagado con cargo al ejercicio fiscal 2016, el Servicio de Rentas Internas deberá expedir -hasta el 30 de junio de 2017- la resolución de carácter general que establezca el tipo impositivo efectivo promedio de los contribuyentes, en la que se podrá también fijar un tipo impositivo efectivo promedio por segmentos.
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