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Segunda

DF 2

Vigentedesde el 15 de julio de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 15 de julio de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de mayo de 2010.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

Es fiel copia del original Lo certifico.

Quito, 28 de mayo de 2010.

f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública.

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