Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario InternoTítulo II. APLICACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Art. (...)

quinto artículo innumerado posterior al Art. 173

Devolución del IVA pagado de usuarios operadores y los usuarios de las Zonas Francas

Vigente desde 2024-02-09

Los sujetos pasivos que sean usuarios operadores o usuarios de Zonas Francas calificadas al amparo del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, y su respectivo Reglamento, que hubiesen pagado el IVA en las adquisiciones locales de materias primas, insumos, bienes y materiales de construcción, empleadas en las actividades económicas a realizarse en la Zona Franca, tienen derecho a su devolución, sin intereses, en un tiempo no mayor a 90 días, para cuyo efecto se podrá emitir una nota de crédito.

Una vez presentada la declaración y los anexos en los medios, forma y contenido que defina el Servicio de Rentas Internas, estos sujetos pasivos podrán presentar la solicitud a la que acompañarán los documentos o información que el Servicio de Rentas Internas, mediante resolución requiera, para verificar el derecho a la devolución, de conformidad con la Ley.

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