Art. 91.12 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
Ejercicio de la facultad normativa
Vigentedesde el 18 de noviembre de 2025
- Texto cargado en Vigente:
El Servicio de Rentas Internas, en el ejercicio de las facultades que le confiere la ley, emitirá la normativa secundaria que corresponda para la operativización de lo contemplado en el presente capítulo.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.