Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 91.12 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Ejercicio de la facultad normativa

Vigentedesde el 18 de noviembre de 2025

Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

El Servicio de Rentas Internas, en el ejercicio de las facultades que le confiere la ley, emitirá la normativa secundaria que corresponda para la operativización de lo contemplado en el presente capítulo.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.