Art. 165 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno
Venta de activos fijos y bienes que no pertenecen al giro ordinario del negocio
Vigentedesde el 15 de julio de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 15 de julio de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
En el caso de ventas de activos fijos gravados con el IVA, realizadas por sujetos pasivos de este impuesto, procederá el cobro del IVA calculado sobre el precio pactado.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.