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Art. 152 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno

Contratos para explotación y exploración de hidrocarburos

Vigentedesde el 25 de julio de 2011

Fuente:
Registro Oficial 498, 25 de julio de 2011
Texto cargado en Vigente:
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No constituyen pago por prestación de servicios, el valor de la participación de las contratistas que hayan celebrado con el Estado Ecuatoriano contratos de participación o de campos marginales para la exploración y explotación de hidrocarburos. El pago en especie que realice la Secretaría de Hidrocarburos o el organismo del Estado que fuere, como consecuencia del servicio proporcionado por las contratistas de prestación de servicios para la exploración y explotación de hidrocarburos al Estado, no se considerará transferencia.

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