Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento para la Aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas

Art. 11

Comprobantes de retención

Vigente desde 2024-04-01

Los comprobantes de retención deberán ser emitidos mediante el esquema de facturación electrónica, cumpliendo las disposiciones previstas en el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios y demás normativa legal vigente. En el caso de tarjetas de crédito el comprobante de retención será el estado de cuenta.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.