Reglamento para la Aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas
Art. 11
Comprobantes de retención
Vigente desde 2024-04-01
Los comprobantes de retención deberán ser emitidos mediante el esquema de facturación electrónica, cumpliendo las disposiciones previstas en el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios y demás normativa legal vigente. En el caso de tarjetas de crédito el comprobante de retención será el estado de cuenta.
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