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Art. 2 del Acuerdo Ministerial MDT-2018-175

Ámbito de aplicación

Vigentedesde el 7 de septiembre de 2018

Consolidación:
texto consolidado al 7 de septiembre de 2018, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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El presente Acuerdo Ministerial será de inmediata aplicación para los empleadores públicos o privados que cuenten con un número mínimo de veinticinco (25) trabajadores estables y en adelante.

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