Art. 87 de la Ley de Seguridad Social
CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PATRONALES PARA CONTRATISTAS DE OBRAS PUBLICAS
Vigentedesde el 7 de octubre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Para que el Fisco o cualquier organismo o entidad que integra el sector público pueda realizar pagos de planillas por trabajos ejecutados, la empresa contratista deberá presentar previamente la certificación que acredite estar al día en el pago de aportes, fondos de reserva y descuentos al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, por los empleados y trabajadores a su cargo. Los funcionarios y empleados encargados de tramitar y realizar los pagos de las planillas, serán administrativa, civil y penalmente responsables del cumplimiento de este requisito. Toda compañía, para la aprobación de reformas estatutarias, incrementos de capital, revalorización de activos, balances y estados financieros, presentará la certificación que acredite estar al día en el cumplimiento de todas las obligaciones con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.