Ley de Seguridad Social › TÍTULO VII DEL REGISTRO DE HISTORIA LABORAL DEL ASEGURADO
Art. 253
DE LA ACREDITACIÓN DE DERECHOS
Vigente desde 2025-10-07
La base de información, contenida en el Registro de Historia Laboral del asegurado, será utilizada por la Dirección Provincial de cada circunscripción territorial del IESS para determinar el derecho a prestaciones de los asegurados comprendidos en ella.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.