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Art. 23 de la Ley de Seguridad Social

ÓRGANOS TÉCNICOS AUXILIARES

Vigentedesde el 7 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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Son órganos técnicos auxiliares: a. La Dirección Actuarial; y, b. Nota: Literal derogado por Ley No. 1, publicada en Registro Oficial Suplemento 587 de 11 de Mayo del 2009 .

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