Art. 9 de la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial
Reporte
Vigentedesde el 19 de enero de 2024
- Consolidación:
- texto consolidado al 19 de enero de 2024, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Todo empleador deberá realizar un reporte anual de las acciones y cumplimiento de directrices para alcanzar la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres que deberá entregarse al órgano rector de la política laboral.
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