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Disposición General PRIMERA

DG 1

Vigentedesde el 12 de mayo de 2023

Consolidación:
texto consolidado al 12 de mayo de 2023, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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En caso de no existir ley expresa o que establezca períodos reducidos de permisos o licencias prescritas en esta Ley de las personas trabajadoras sujetas a cualquier Régimen Jurídico que regle relaciones del talento humano, se aplicarán las disposiciones de la Ley Orgánica del Servicio Público para el caso de los dependientes de las empresas, entidades y organismos del sector público y el Código del Trabajo para las demás personas trabajadoras.

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