Art. 4 de la Ley Orgánica del Derecho al Cuidado Humano
Vigentedesde el 12 de mayo de 2023
- Consolidación:
- texto consolidado al 12 de mayo de 2023, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Titulares del derecho al cuidado humano. Son titulares de los derechos establecidos en esta Ley, individual o colectivamente, las personas trabajadoras que ejercen: 1. El derecho a cuidar a un tercero. 2. El derecho al autocuidado. 3. El derecho a ser cuidado.
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