Ley Orgánica de Apoyo Humanitario
DG 7
(Disposición General Séptima)
Vigente desde 2025-03-28
El Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Salud Pública gestionarán los recursos necesarios para la creación de puestos necesarios en la Red Integral Pública de Salud (RIPS), para la incorporación de los médicos que deben devengar sus becas de especialización en Medicina Familiar y Comunitaria, y el resto de las especialidades, conforme constan en sus convenios de becas, con el objetivo de fortalecer el primer nivel de atención de salud. Su ubicación será acorde al lugar de residencia del médico devengante en consideración de su situación social, familiar y económica. Todo médico que se encuentre devengando o llegue a devengar en algún centro de salud de la Red Integral Pública de Salud (RIPS) y sus respectivas redes complementarias, lo hará en una relación de cada año de servicio será contados como dos años.
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