Art. 2 de la LEY PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA NACIONAL
Ámbito de aplicación y alcance
Vigentedesde el 24 de octubre de 2025
- Texto cargado en Vigente:
Las disposiciones de la presente ley son de orden público aplicables en todo territorio nacional.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.