Disposición General DÉCIMO TERCERA
DG 13
Vigentedesde el 11 de febrero de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 11 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las inscripciones de las resoluciones que dispongan la disolución de oficio de una sociedad y su liquidación, los nombramientos de los liquidadores designados por la institución, así como las anotaciones y registros de las resoluciones en las que se ordene la intervención de una compañía, están exentos del pago de cualquier tasa. Los registradores mercantiles y de la propiedad que incumplan esta disposición serán sancionados por su órgano rector con la destitución. Así también cualquier certificado que requiera la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros a cualquier organismo público será emitido sin ningún costo.
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