Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 63

Vigente desde 2026-02-11

El socio comanditario no podrá ceder ni traspasar a otras personas sus derechos en la compañía ni sus aportaciones, sin el consentimiento de los demás, en cuyo caso se procederá a la suscripción de una nueva escritura social.

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