Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Compañías

Art. 256

Vigente desde 2026-02-11

Los administradores son solidariamente responsables para con la compañía y terceros: 1. De la verdad del capital suscrito y de la verdad de la entrega de los bienes aportados por los accionistas; 2. De la existencia real de los dividendos declarados; 3. De la existencia y exactitud de los libros de la compañía; 4. Del exacto cumplimiento de los acuerdos de las juntas generales; y, 5. En general, del cumplimiento de las formalidades prescritas por la Ley para la existencia de la compañía. La responsabilidad establecida en los cuatro primeros numerales que preceden se limita a los administradores en sus respectivos períodos. El artículo 126 de esta Ley también tendrá aplicación sobre los administradores de las sociedades anónimas. 15 de Marzo del 2023 .

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