Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código TributarioTÍTULO I. DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO TRIBUTARIO

Art. 86

Cómputo y obligatoriedad de los plazos

Vigente desde 2025-10-03

Los plazos o términos establecidos, en este Código o en otras leyes tributarias orgánicas y especiales, se contarán a partir del día hábil siguiente al de la notificación, legalmente efectuada, del correspondiente acto administrativo, y correrán hasta la última hora hábil del día de su vencimiento.

Los plazos o términos obligan por igual a los funcionarios administrativos y a los interesados en los mismos.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.